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Base documental
d'Història Contemporània de Catalunya.
Restauració 1 (1874-1898) - Fonaments de la Restauració
(1874-1898)
La
enseñanza (30-IX-1893)
Font:
Pi y Margall, Francesc: La
enseñanza.A: VALENTI, Ignasi [ et. al.].España
1898.Francesc Pi y Margall.Madrid: Edición
Materiales.1968. 111-113 pp.
Comentari:
Francesc
Pi y Margall (1824-1901) dóna a entreveure la
importància de l´escola en la vida espanyola. Descriu
la situació de l´escola en l´Estat Espanyol, més
aviat precària. Sense gairebé pressupostos,
despreocupació de l´Estat i escassetat d´escoles.
Sense una instrucció generalitzada, els ciutadans no
podran conèixer les pautes de la convivència general i
aconseguir una bona condició de ciutadà.
Segons Francesc Pi y Margall cal una política generosa
en el camp de l´educació perquè l´Estat no passi de
la inanició a la ruina.
Text:
En la primera página del Código
civil está escrito que la ignorancia de las leyes no
excusa de cumplirlas. Antes tenía la regla algunas
excepciones: la ignorancia de las leyes excusaba a los
aldeanos que labrasen la tierra o viviesen en lugares no
poblados, y a los pastores que anduviesen con sus
rebaños en los montes y los yernos. Hoy la regla es
absoluta.
Comprenderíase este absolutismo, Si en todas partes
tuviesen los ciudadanos medios de vencer su ignorancia y
llegar al conocimiento de las leyes. Sería indispensable
para esto que el Estado no perdonase sacrificio por abrir
escuelas aun en el último rincón de la Península, y en
todas estableciese como obligatoria la enseñanza de los
principios fundamentales del derecho. Cuando desde la
niñez se instruye a todos los nacidos en los dogmas y
preceptos religiosos, mayor y más general cuidado
habría de ponerse en instruirlos sobre lo que ha de ser
en todos los actos de su vida norma de conducta. No sólo
se debería incrustarles en la memoria lo que en general
ha de regir sus relaciones sociales; deberíase además
cada vez que cambiasen de estado o contrajesen
obligaciones solemnes, marcarles bien los derechos que
adquieren y los deberes que contraen. De otra manera la
prescripción absoluta del Código, prescripción que se
extiende al orden penal como al civil, es injusta, cruel,
incohonestable, insostenible.
¿Por dónde ha de ser responsable persona alguna de la
violación de leyes que no conozca ni pueda conocer por
su ignorancia? Aun cuando sepa leer, si carece de toda
instrucción jurídica, ¿será justo obligarla a que
sepa ni entienda nuestras complicadas leyes? Se casa, y
no hay quien le lea las diversas condiciones a que por la
ley civil quedan sujetos su voluntad y sus bienes. Entra
en la mayor edad y con ella en la plenitud de los
derechos civiles, y no halla quien le instruya ni sobre
la manera de ejercerlos ni sobre los límites que la ley
fija. En países bien regidos, ¿habría de ser tan
difícil corregir esta falta?
La falta grave, sin embargo, no está aquí; está en lo
deficiente y lo poco extendida que entre nosotros se
encuentra la enseñanza. Con recordar que no sabe leer
sino la tercera parte de los españoles, queda patente la
escasez de escuelas. Con ver las que en la capital están
a cargo del Municipio, no hay quien pueda ignorar su
deplorable estado. Con saber que en todas se enseña el
camino del cielo y en ninguna el de la tierra, hay motivo
bastante para comprender que aquí nada hacemos para
vencer en los ciudadanos la ignorancia de las leyes.
Olvida por completo el Estado la primera enseñanza. A lo
sumo se permite dictar órdenes y decretos, casi nunca
cumplidos, para que las Municipalidades no dejen de pagar
a los maestros. Se considera con derecho a meter la mano
en todos los servicios; no quiere sobre sí el de las
escuelas primarias. En otras naciones, en la vecina
Francia, por ejemplo, suple lo que no pueden satisfacer
las Diputaciones y los Ayuntamientos; invierte millones
en la enseñanza, allí gratuita y laica. Aquí ha
llegado a concebirla y aun a decretarla; nunca a
cumplirla. ¿No es verdaderamente tiránico el establecer
que la ignorancia de la leyes no excusa de
responsabilidad a los ciudadanos?
Es aquí pródigo el Estado para lo superfluo; avaro y
mezquino para todo lo que puede elevar la cultura y hacer
la felicidad de los pueblos. Tiene hoy a su cargo los
Institutos, las Universidades, las Escuelas superiores,
los Archivos, las Bibliotecas, los Museos, los
Establecimientos científicos, los literarios, los
artísticos: para todo ha presupuesto este año
11.000.000 de pesetas, de las cuales recobrar buena parte
por derechos de matrícula y expedición de títulos. Ira
da ver lo que para los gastos de material presupone; ni
Academias, ni Museos, ni Bibliotecas, ni Archivos, ni
Escuelas especiales, ni Institutos, ni Universidades
disponen de fondos suficientes para cumplir sus fines.
Cortas eran ya las asignaciones, y se ha permitido
reducirlas. Por este sistema, no nos cansaremos de
repetirlo, vamos a la inanición, a la ruina.
Vivimos llenos de contradicciones. Que haya una más en
nuestra vida social ¿qué le ha de importar al Estado?.
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