Base documental d'Història Contemporània de Catalunya.
Restauració 1 (1874-1898) - Fonaments de la Restauració (1874-1898)
 

La enseñanza (30-IX-1893)

Font:
Pi y Margall, Francesc: La enseñanza.A: VALENTI, Ignasi [ et. al.].España 1898.Francesc Pi y Margall.Madrid: Edición Materiales.1968. 111-113 pp.

Comentari:
Francesc Pi y Margall (1824-1901) dóna a entreveure la importància de l´escola en la vida espanyola. Descriu la situació de l´escola en l´Estat Espanyol, més aviat precària. Sense gairebé pressupostos, despreocupació de l´Estat i escassetat d´escoles.
Sense una instrucció generalitzada, els ciutadans no podran conèixer les pautes de la convivència general i aconseguir una bona condició de ciutadà.
Segons Francesc Pi y Margall cal una política generosa en el camp de l´educació perquè l´Estat no passi de la inanició a la ruina.

Text:
En la primera página del Código civil está escrito que la ignorancia de las leyes no excusa de cumplirlas. Antes tenía la regla algunas excepciones: la ignorancia de las leyes excusaba a los aldeanos que labrasen la tierra o viviesen en lugares no poblados, y a los pastores que anduviesen con sus rebaños en los montes y los yernos. Hoy la regla es absoluta.
Comprenderíase este absolutismo, Si en todas partes tuviesen los ciudadanos medios de vencer su ignorancia y llegar al conocimiento de las leyes. Sería indispensable para esto que el Estado no perdonase sacrificio por abrir escuelas aun en el último rincón de la Península, y en todas estableciese como obligatoria la enseñanza de los principios fundamentales del derecho. Cuando desde la niñez se instruye a todos los nacidos en los dogmas y preceptos religiosos, mayor y más general cuidado habría de ponerse en instruirlos sobre lo que ha de ser en todos los actos de su vida norma de conducta. No sólo se debería incrustarles en la memoria lo que en general ha de regir sus relaciones sociales; deberíase además cada vez que cambiasen de estado o contrajesen obligaciones solemnes, marcarles bien los derechos que adquieren y los deberes que contraen. De otra manera la prescripción absoluta del Código, prescripción que se extiende al orden penal como al civil, es injusta, cruel, incohonestable, insostenible.
¿Por dónde ha de ser responsable persona alguna de la violación de leyes que no conozca ni pueda conocer por su ignorancia? Aun cuando sepa leer, si carece de toda instrucción jurídica, ¿será justo obligarla a que sepa ni entienda nuestras complicadas leyes? Se casa, y no hay quien le lea las diversas condiciones a que por la ley civil quedan sujetos su voluntad y sus bienes. Entra en la mayor edad y con ella en la plenitud de los derechos civiles, y no halla quien le instruya ni sobre la manera de ejercerlos ni sobre los límites que la ley fija. En países bien regidos, ¿habría de ser tan difícil corregir esta falta?
La falta grave, sin embargo, no está aquí; está en lo deficiente y lo poco extendida que entre nosotros se encuentra la enseñanza. Con recordar que no sabe leer sino la tercera parte de los españoles, queda patente la escasez de escuelas. Con ver las que en la capital están a cargo del Municipio, no hay quien pueda ignorar su deplorable estado. Con saber que en todas se enseña el camino del cielo y en ninguna el de la tierra, hay motivo bastante para comprender que aquí nada hacemos para vencer en los ciudadanos la ignorancia de las leyes.
Olvida por completo el Estado la primera enseñanza. A lo sumo se permite dictar órdenes y decretos, casi nunca cumplidos, para que las Municipalidades no dejen de pagar a los maestros. Se considera con derecho a meter la mano en todos los servicios; no quiere sobre sí el de las escuelas primarias. En otras naciones, en la vecina Francia, por ejemplo, suple lo que no pueden satisfacer las Diputaciones y los Ayuntamientos; invierte millones en la enseñanza, allí gratuita y laica. Aquí ha llegado a concebirla y aun a decretarla; nunca a cumplirla. ¿No es verdaderamente tiránico el establecer que la ignorancia de la leyes no excusa de responsabilidad a los ciudadanos?
Es aquí pródigo el Estado para lo superfluo; avaro y mezquino para todo lo que puede elevar la cultura y hacer la felicidad de los pueblos. Tiene hoy a su cargo los Institutos, las Universidades, las Escuelas superiores, los Archivos, las Bibliotecas, los Museos, los Establecimientos científicos, los literarios, los artísticos: para todo ha presupuesto este año 11.000.000 de pesetas, de las cuales recobrar buena parte por derechos de matrícula y expedición de títulos. Ira da ver lo que para los gastos de material presupone; ni Academias, ni Museos, ni Bibliotecas, ni Archivos, ni Escuelas especiales, ni Institutos, ni Universidades disponen de fondos suficientes para cumplir sus fines. Cortas eran ya las asignaciones, y se ha permitido reducirlas. Por este sistema, no nos cansaremos de repetirlo, vamos a la inanición, a la ruina.
Vivimos llenos de contradicciones. Que haya una más en nuestra vida social ¿qué le ha de importar al Estado?.

 
 

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